Que un día sea puente depende de tu empresa o de tu convenio. Aquí ves los días que podrías pedir para encadenar festivos con el fin de semana.
Año Nuevo (1 de enero)Fin de semana largo de 3 días, del 1 de enero al 3 de enero, sin pedir nada.
Epifanía del Señor (6 de enero)Festivo en miércoles: pidiendo jueves 7 de enero y viernes 8 de enero (o lunes 4 de enero y martes 5 de enero) tienes 5 días libres seguidos.
Jueves Santo (25 de marzo), Viernes Santo (26 de marzo), Lunes de Pascua de Resurrección (29 de marzo)Fin de semana largo de 5 días, del 25 de marzo al 29 de marzo, sin pedir nada.
Fiesta del Trabajo (1 de mayo)Cae en sábado.
Aniversario del primer Gobierno de Euskadi (7 de octubre)Pidiendo el viernes 8 de octubre tienes 4 días libres, del 7 de octubre al 10 de octubre.
Fiesta Nacional de España (12 de octubre)Pidiendo el lunes 11 de octubre tienes 4 días libres, del 9 de octubre al 12 de octubre.
Todos los Santos (1 de noviembre)Fin de semana largo de 3 días, del 30 de octubre al 1 de noviembre, sin pedir nada.
Día de la Constitución Española (6 de diciembre)Fin de semana largo de 3 días, del 4 de diciembre al 6 de diciembre, sin pedir nada.
Inmaculada Concepción (8 de diciembre)Pidiendo el martes 7 de diciembre tienes 5 días libres, del 4 de diciembre al 8 de diciembre.
Natividad del Señor (25 de diciembre)Cae en sábado.
12 festivos comunes a toda Euskadi, aprobados por el Gobierno Vasco. A ellos se suman hasta 2 fiestas locales en cada municipio.
¿Qué puentes hay en 2027 en Euskadi?
Con los festivos comunes, los posibles puentes son: Epifanía del Señor (6 de enero); Aniversario del primer Gobierno de Euskadi (7 de octubre); Fiesta Nacional de España (12 de octubre); Inmaculada Concepción (8 de diciembre). Que se disfruten depende de cada empresa o convenio.
¿Cuándo se conocen los festivos locales de mi municipio?
Los propone cada ayuntamiento y los aprueba la delegación territorial de Trabajo del Gobierno Vasco. Suelen publicarse en el BOPV y en el boletín de cada territorio en otoño del año anterior.
Esta página resume datos oficiales para que sean fáciles de consultar. No es asesoramiento laboral ni legal: ante cualquier duda, manda la fuente oficial enlazada.
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